La República Dominicana cuenta con nuevos plazos para restringir la importación y comercialización de determinados productos plásticos de un solo uso, como parte de las medidas contempladas en la Ley 98-25, que modifica la legislación sobre gestión integral de residuos sólidos. La normativa busca reducir la generación de desechos y fomentar el uso de alternativas más sostenibles.
Uno de los puntos principales es la restricción de productos como pajillas o sorbetes, tenedores, cuchillos, cucharas y tapas fabricadas en plástico, además de vasos y otros artículos de poliestireno expandido, conocido popularmente como foam, que no cuenten con la certificación de biodegradabilidad exigida por la ley. Para estas disposiciones se estableció un plazo de 60 días a partir de la promulgación de la normativa.
La legislación también establece un período de transición para las fundas plásticas de un solo uso. Los establecimientos comerciales deberán dejar de entregarlas gratuitamente a más tardar el 15 de diciembre de 2026, de acuerdo con el plazo de 12 meses previsto en la ley.