El Gobierno dominicano modificó las reglas de vigencia de las licencias de conducir y eliminó la reducción automática del período de validez que se aplicaba a los conductores al alcanzar los 75 años de edad. La medida establece una vigencia uniforme de cuatro años para las licencias y autorizaciones de conducir.
El cambio se produce luego de la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la disposición que establecía un período menor de vigencia exclusivamente por razón de edad. El tribunal determinó que la reducción automática no podía mantenerse mediante una disposición reglamentaria cuando la Ley 63-17 establece una vigencia de cuatro años.
Anteriormente, el Decreto 330-26, emitido en mayo, establecía que las licencias de las categorías 01, 02 y 05 tenían una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpliera 75 años. Después de esa edad, la renovación se reducía a dos años. Para las categorías 03 y 04, el período era de tres años antes de los 75 y de un año posteriormente.
Con la nueva disposición, cumplir 75 años ya no constituye por sí solo una razón para reducir la vigencia de la licencia.