La directora general de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), Milagros Ortiz Bosch, aclaró este lunes que sus recientes declaraciones sobre la investigación realizada en el Instituto Tecnológico de las Américas (ITLA) no alteran, modifican ni contradicen las conclusiones establecidas en el informe oficial elaborado por la institución.

Ortiz Bosch explicó que sus pronunciamientos estuvieron sustentados en los resultados de la investigación y recordó que la determinación de responsabilidades judiciales o administrativas corresponde a los órganos competentes, en ese sentido enfatizó que mientras no exista una decisión definitiva, debe prevalecer el principio de presunción de inocencia.

“Un funcionario público habla por los resultados, en ese sentido, mis declaraciones son apegadas a un informe, ya que juzgar es una competencia del Ministerio de la Administración Pública o la Procuraduría General y mientras no hay juicio, siempre hay una presunción de inocencia. Por eso mis amigos tienen la responsabilidad de no equivocarse”, expresó la funcionaria.

De acuerdo con la DIGEIG, la investigación realizada sobre los hechos ocurridos en el ITLA permitió identificar la posible comisión de faltas éticas que según el informe, serían atribuibles tanto al exrector Rafael Feliz García como a Winston Paulino, señalado como el principal responsable de la práctica investigada tras reconocer ante la comisión designada por la entidad su participación en el desarrollo de la misma dentro de la institución.

El documento establece que las conductas observadas resultan incompatibles con los principios de probidad, integridad y respeto a las normas que regulan el ejercicio de la función pública, asimismo concluye que las consideraciones disciplinarias aplicables a Rafael Feliz García también deben ser evaluadas en el caso de Winston Paulino, debido a su participación y responsabilidad funcional en los hechos analizados.

La DIGEIG recordó que Rafael Feliz García fue destituido de su cargo como rector del ITLA mediante el Decreto núm. 39-26, emitido por el presidente Luis Abinader, una decisión que el informe considera un antecedente relevante dentro del análisis administrativo realizado.

Como resultado de la investigación, la institución indicó que existen elementos suficientes para considerar que las actuaciones detectadas podrían ser objeto de sanciones disciplinarias administrativas conforme a la Ley 41-08 sobre Función Pública, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad que pudiera establecerse en instancias competentes.

Entre las recomendaciones formuladas por la DIGEIG figura remitir el expediente al Ministerio de Administración Pública (MAP) para que inicie el procedimiento disciplinario correspondiente contra Rafael Feliz García y Winston Paulino, con el propósito de determinar las responsabilidades administrativas y aplicar las sanciones que establezca la ley.

Además el organismo recomendó fortalecer los mecanismos de control interno para prevenir la repetición de este tipo de prácticas, remitir el informe a la Presidencia de la República para fines de conocimiento y notificar las decisiones a las personas involucradas en el proceso de investigación.