El Ministerio de Trabajo reiteró a la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el jueves 4 de junio de 2026, fecha en la que se celebra la festividad religiosa de Corpus Christi, se mantiene como día feriado sin cambios en su aplicación.
La institución recordó que, de acuerdo con la Ley Núm. 139-97 que regula el traslado de los días feriados en el país, esta fecha debe ser respetada tanto en el sector público como en el sector privado, conforme a las disposiciones legales vigentes.
El Ministerio de Trabajo precisó que las actividades laborales se reanudarán el viernes 5 de junio de 2026, luego de la conmemoración del feriado, siguiendo lo establecido en la normativa que organiza el calendario de días no laborables en el país.
La entidad enfatizó que la aplicación de estos feriados es de cumplimiento obligatorio en todos los establecimientos del territorio nacional, sin excepciones, salvo las disposiciones particulares contempladas por la ley.
Aplicación de la Ley 139-97
La Ley 139-97 establece el marco legal para la regulación y posible traslado de los días feriados en la República Dominicana, con el objetivo de organizar la actividad laboral sin afectar las conmemoraciones nacionales y religiosas.
En este caso la autoridad laboral reiteró que la festividad de Corpus Christi se mantiene en su fecha original, sin modificaciones ni traslado, por lo que deberá observarse conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Llamado al cumplimiento general
El Ministerio de Trabajo hizo un llamado a empleadores y trabajadores a respetar la disposición oficial, garantizando su correcta aplicación en todos los sectores productivos del país.
Asimismo, recordó la importancia de mantener el cumplimiento de las normas laborales como parte del orden institucional y del respeto a las festividades contempladas en el calendario nacional.
